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Congresos SESLAP

FORMACIÓN SANITARIA DE LOS CUERPOS DE POLICÍA

Angel Plans Cañamares

Direcció General de Seguretat Ciutadana
Generalitat de Catalunya

La educación sanitaria de los cuerpos policiales, constituye un aspecto de la formación de estos colectivos que, quizás por la necesidad de adquisición de muchos conceptos, fundamentales en la practica policial diaria, no está suficientemente valorada en la mayoría de programas docentes de las escuelas de policía o en los programas de formación continuada de estos colectivos de los países de nuestro entorno.


De otra parte, el propio profesional de la actividad policial suele considerar la adquisición de conocimientos relacionados con la seguridad sanitaria como algo interesante, pero difícilmente trascendental en su quehacer diario.

Esta endeblez en la justificación de la educación en conocimientos sanitarios es extensible a otros colectivos profesionales cuyo objetivo es el soporte y la ayuda a la comunidad en situaciones de peligro y a los que se puede exigir un cierto grado de responsabilidad en la dirección del resto de la colectividad en situaciones de emergencia.


Esta situación, absolutamente común en nuestro medio, choca frontalmente con la tendencia social generalizada a un mayor y mejor conocimiento de los aspectos sanitarios y a la divulgación generalizada actual de conceptos que, en otro tiempo, fueron restringidos al colectivo sanitario.

Además, la aplicación al hombre del instinto natural de conservación ha podido hacer creer que, dado que la seguridad es una necesidad natural, común a todos, no habría necesidad de recurrir a su enseñanza.


De todos modos, un análisis de la situación laboral de los profesionales de la policía en nuestro medio, nos indicará de forma evidente, la necesidad de la docencia de criterios higiénico-sanitarios, no estrictamente básicos, que en un momento dado pueden serle esenciales para mantener la seguridad de si mismo o del colectivo general.

Es desde este punto de vista que parece necesario establecer una serie de niveles mínimos de materias sanitarias que deben conocer los policías, tanto en el período de su formación prelaboral, como en el desarrollo de programas de perfeccionamiento continuado.


Esencialmente podríamos dividir los aspectos higiénico sanitarios de obligado conocimiento por parte de los cuerpos policiales en dos apartados, interrelacionados entre si, pero separados conceptualmente en su definición.

1/ aquellos conceptos higiénico-sanitarios que debe conocer el policía para preservar su seguridad, en el medio laboral en que se desenvuelve. Este concepto es el que denominaremos "formación en seguridad".

2/ aquellos conocimientos sanitarios que el policía debe conocer para preservar o recuperar el estado de salud de la colectividad o de cualquiera de sus miembros, lo que denominaremos "formación sanitaria".

En ambos casos, el marco de los conocimientos necesarios y deseables vienen enmarcados por diversos textos legislativos que contribuyen y obligan a dar a este contenido de conceptos sanitarios una razón de ser.


Así, el aspecto que hemos dado en llamar formación en seguridad, podríamos definirla como "la enseñanza de las reglas generales y particulares de seguridad relativas a los peligros de accidente que se presentan a lo largo de las diversas circunstancias del la vida laboral de un agente".

Recientemente, la publicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) (BOE 10.11.95) y su consecuente desarrollo reglamentario, ha venido a reforzar de una forma legislativa, por si ello fuera necesario, la obligación de dotar a los trabajadores de todos aquellos conocimientos necesarios para asegurar su seguridad. Esta obligación, que ya se reflejaba en la Directiva 89/391 de la Unión Europea, se concreta en múltiples apartados de la mencionada LPRL, pero en concreto en su apartado 14 constata que:

"Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de Seguridad y Salud en el trabajo."

posteriormente se hace énfasis en que:


"el empresario (y en su caso las Administraciones Públicas) deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo."

Este artículo 14 es el que abre el capítulo de la Ley destinado a regular los respectivos derechos y obligaciones de empresarios y trabajadores en relación con la seguridad y la salud laboral, si bien la mayor parte del mismo se dedica a fijar los deberes del empresario, reservando tan solo el articulo 29 para establecerlas obligaciones del trabajador.


Dadas las múltiples actividades laborales que se realizan
en el marco de las Fuerzas Policiales, el establecimiento de una normativa general que suponga la garantía de cumplimiento de estas normas de seguridad puede ser extraordinariamente difícil. Además, la actividad policial, por sus características particulares puede comportar, ocasionalmente, la necesidad de relativizar una serie de riesgos, que imposibilitan el establecimiento de normas de prevención. En todo caso, la existencia puntual de estas situaciones, no exime del obligado cumplimiento de la Ley en el grueso del comportamiento laboral general.

A mi entender, estos aspectos de la formación en seguridad deberían concretarse en un programa de formación continuada (iniciado en las escuelas de policía, pero continuado a lo largo de toda la vida profesional) que debería recoger:


a/ una formación general, común a todas las secciones policiales, y que se concretaría en la docencia de normas de comportamiento útiles para todo el colectivo y en la que incluiríamos:

- aspectos generales de la conservación y mantenimiento físico y deportivo.

- técnicas de comportamiento frente a situaciones límite.


- programas de adaptación frente al stress y de relajación.

- aspectos sanitarios relacionados con la conservación de armas de fuego.

- conceptos generales de infección y enfermedades transmisibles (Hepatitis B, hepatitis C, SIDA, tuberculosis, tétanos,...)

- aspectos preventivos de los traumatismos sonoros.

- conceptos generales de la prevención de patología postural.

- reforzamiento de los programas de salud de la comunidad y de lucha antitabáquica y antialcohol.

- reglas básicas de higiene sanitaria.





b/ y una formación mas particularizada, en función de las diferentes características de las secciones policiales donde se adaptaría de forma mas ajustada la problemática laboral a cada uno de los quehaceres profesionales de cada sección. En este apartado incluiríamos aspectos puntuales de formación sanitaria destinados a grupos particulares como:

- mandos superiores e intermedios

- grupos de operaciones especiales

- unidades de destinos geográficos especiales(montaña, costas, regiones lacustres,...)

- grupos de actuación inmediata

- grupos destinados a vigilancias estáticas particularmente pasivas (prisiones,...)

- unidades de trabajo en el subsuelo

- unidades de trabajo con animales (Unid. canina, Unid. ecuestre,...)

- secciones de control de tráfico

- monitores e instructores de tiro

- grupos de desactivación de explosivos

- equipos de atención a menores o grupos marginales


En cada caso, los programas de actuación se adaptarían a su posible patología profesional, en función de los profesiogramas establecidos.


De otra parte, la formación he hemos dado en denominar formación sanitaria, en Catalunya ha sido regulada, de forma parcial por un reciente decreto de la Generalitat de Catalunya que regula los aspectos de formación de lo que hemos dado en llamar Atención Sanitaria Inmediata (DOG: 17/6/96), y que agrupa los conocimientos que deben ser impartidos a los colectivos interesados en los primeros auxilios y los divide en tres subgrupos:

- un primer colectivo referido a aquellas personas que sin tener responsabilidades especificas, estén interesadas en recibir conocimientos en primeros auxilios.

- un segundo grupo, que a su vez se subdivide en dos niveles, en los que se agrupan los colectivos que, en razón de su responsabilidad y ubicación socio-laboral, requieran conocimientos específicos en el campo de las urgencias sanitarias. Este es el grupo en donde se enmarcan los conocimientos impartidos a los futuros Mossos d'Esquadra.

- Un tercer grupo que incluye a los colectivos implicados en el transporte sanitario.

Particularizando un poco mas en este segundo nivel de docencia de medidas sanitarias, hay que hacer constar que esta subdividido a su vez en dos subgrupos, diferenciados entre ellos en el nivel de conocimientos impartidos. Así, el subnivel IIa consta de un total de 25 horas lectivas, mientras que en el subnivel IIb se imparten 50 horas de temas higiénico-sanitarios.


El temario de este curso de formación consta de los apartados reflejados en el listado que sigue, en donde se hacen constar el número de horas lectivas dedicadas al nivel policial de docencia:

---------- MATERIA ---------------nivel IIa ---- horas--

- Terminología médica. El cuerpo humano. .......... 2
- Asepsia y desinfección. Riesgo biológico. ....... 1,5
- Valoración de enfermos. ......................... 3
- Reanimación cardio-respiratoria. ................ 9
- Hemorragia y shock............................... 3
- Traumatismos cráneo-encefálicos.................. 1
- Traumatismos de partes blandas................... 1,5
- Traumatismos del aparato locomotor............... 4

- Lesiones de la cabeza, cara y cuello............. 1,5
- Lesiones de la columna vertebral................. 3
- Traumatismos torácicos........................... 1,5
- Traumatismos abdominales......................... 1,5
- Paciente politraumatizado........................ 3
- Quemaduras....................................... 2
- Lesiones por radiaciones y explosiones........... 0,5
- Lesiones por calor............................... 0,5
- Lesiones por frío................................ 0,5

- Lesiones en el medio acuático.................... 1
- Anafilaxia....................................... 0,5
- Mordeduras y picaduras........................... 1
- Intoxicaciones ambientales....................... 1
- Intoxicaciones y toxiinfecciones por ingesta .... 1
- Intoxicación por alcohol y drogas................ 1
- Alters. de la conciencia y de comportamiento .... 1,5
- Patología pediátrica............................. 1
- Patología cardio-vascular........................ 1

- Patología respiratoria........................... 1
- Fisiopat. del transporte y la movilización....... 1,5
- Prevención de accidentes......................... 2



En el marco policial de los Mossos d'Esquadra este curso se imparte en el período de formación que todos ellos llevan a cabo en la Escuela de Policía de Mollet del Vallés durante su tercer trimestre de formación y los profesores que imparten este curso son específicos para esta materia.


Creo de interés hacer constar aquí que el curso de estas clases, no solamente se imparten los conocimientos básicos referentes a estas materias, sino que se hacen los comentarios específicos en relación a las actividades y conductas que se deben tener en cuenta para que la actividad policial sea efectuada de la forma mas correcta posible.

Este curso comporta la obtención de un grado de formación en atención sanitaria inmediata que se les va a otorgar a todos los Mossos a partir del presente curso, y que se concederá a título personal, una vez superadas las pruebas de evaluación, para completar su curriculum.


Por último, el aspecto que a nivel de la Policía Autonómica de Catalunya no está aún regulado reglamentariamente es la parte de docencia que corresponde a la formación continuada, una vez en el interior de la policía.

De todas formas, el Gabinet Assistencial de la Direcció General de Seguretat Ciutadana tiene entre sus responsabilidades extra-asistenciales el mantener contactos periódicos con las unidades de Mossos a fin de conservar y actualizar los conocimientos sanitarios adquiridos en la Escuela de Policía.


En función de ello, hemos preparado una serie de charlas divulgativas que periódicamente van siendo efectuadas en las diversas unidades policiales. Fundamentalmente estas sesiones constan de los siguientes temas:

- conocimientos sanitarios generales
- reanimación cardio-pulmonar
- tuberculosis
- hepatitis B
- otros riesgos sanitarios en heridas por punción (hepatitis C, SIDA, tétanos,...)
- higiene sanitaria general
- otros riesgos generales (gases, quemaduras, ahogos,...)


En el momento actual estamos elaborando un amplio programa de docencia y formación que abarcaría fundamentalmente el tema de las "técnicas de gestión y control del stress" que puede generar la actividad policial, en el cual, personalmente, estamos particularmente interesados.

En general, estas charlas están pensadas para tener aproximadamente unos treinta minutos de duración, si bien la participación de los asistentes, que suele ser siempre amplia, las suelen alargar hasta una hora o mas. Estas sesiones son voluntarias y en la medida de lo posible, se efectúan en el curso del horario laboral habitual.


Al igual que antes comentábamos en el aspecto de formación en seguridad, se han efectuada sesiones específicas destinadas a diversas unidades específicas de nuestro desplegamiento condicionadas a riesgos particulares de estos grupos, ya sea por su ubicación laboral o geográfica.

Todo este programa de formación, está fundamentalmente condicionado por los medios humanos de que disponemos, que, como es fácil suponer, son escasos y permanentemente necesitados de ser ampliados.


Junto a todo ello, y en estado aún embrionario, estamos desarrollando una serie de sistemas de información, a través de la red informática policial, en el que de forma somera, se den algunos trazos de información, fundamentalmente relacionados con las vacunaciones necesarias y la patología infecciosa relacionada con la actividad policial.

A la vista de todo lo expuesto hasta aquí, y de la pequeña experiencia que hemos acumulado hasta la fecha, hemos querido elaborar una serie de propuestas que a la vez resumen nuestras expectativas futuras para la aplicación de la docencia sanitaria en el Cos de Mossos d'Esquadra para los próximos años:



- existe un derecho de todos los trabajadores de recibir una formación profesional sanitaria adecuada, dentro de sus programas de formación general. Esta docencia deberá se suficientemente amplia y deberá permitir un desarrollo armónico de lod conocimientos laborales, y el acceso ulterior a un nivel profesional mas elevado.

- deberá instituirse un dispositivo permanente de información y orientación sanitaria, como parte de otro profesional mucho mas amplio, de tal modo que la formación corresponda cualitativa y cuantitativamente a las necesidades sanitarias de los agentes de policia.

- deberíamos tender a la unificación de los programas de enseñanza en los diversos estamentos laborales de características semejantes.





Este último apartado, creo que merece una cierta reflexión en un marco tan adecuado con el del presente Congreso de la SESLAP. Dada la presencia en estas jornadas de representantes de los diversas cuerpos policiales de nuestro estado, parece un buen marco el actual para efectuar una propuesta de unificación e intercambio de experiencias en formación continuada policial

Particularmente creo que la Sociedad Española de Salud Laboral en la Administración Pública puede constituirse en un foro ideal para intercambiar experiencias a la espera de poder unificar criterios docentes y necesidades de formación, y que seria interesante la creación de una comisión, patrocinada por la Junta Directiva de esta Sociedad, que elaborase recomendaciones en este sentido.

Pienso que de lograrse la creación de este órgano, todos nosostros obtendriamos mejoras en nuestra sistemática de trabajo en este aspecto de nuestro quehacer diario, y por ello, conseguiriamos una mejora de las expectativas finales de los conocimientos sanitarios de todos los agentes policiales, que debe ser nuestro objetivo último.

SESLAP. Última actualización 29-mar-04