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PREVENCION DE RIESGOS EN LAS FUERZAS DE SEGURIDAD-CUERPO NACIONAL DE POLICIA



Bibliografía:
1º Normativa que regula la sanidad en la Dirección General de la Policia. Tomo I año 1991.Imprenta D.G.P. Ministerio del Interior.
2º Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos laborales.
3º Real Decreto 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención.
4º Directrices para la evaluación de riesgos en el lugar de trabajo. Comisión Europea. Dirección General de empleo, relaciones laborales y asuntos sociales. Luxemburgo 1996.

5º Gestión en la Prevención en las Empresas. Biblioteca Cinco días 1996.
6º Plan de Organización de las Actividades Preventivas en las Administraciones Públicas. Ministerio de Trabajo y S.S.


Introducción

Existe un continuo aumento en la sensibilidad social y laboral respecto a la incidencia del trabajo en la salud de los individuos, tanto las autoridades laborales, como los agentes sociales y los estamentos legislativos (nacionales y supracomunitarios) van tomando conciencia de la necesidad de desarrollar actividades preventivas en los quehaceres laborales y profesionales, pasando de etapas en la que la prevención se hacia de forma individualizada a colectivos muy definidos (actividades mineras o industriales) a generalizar y universalizar el concepto de riesgo laboral y por tanto su prevención. El desarrollo legislativo mediante la ley 31/1995 y Real Decreto 39/1997 introducen la obligación de la prevención a la cual no es posible sustraer las actividades que desarrollan los trabajadores para las administraciones públicas.

Por lo tanto las FFCCSS como integrantes de las administraciones están integradas en el colectivo que debe ser protegido y valorado, aunque como establece la ley 31/1995 en su arlo. 3.2 la misma no será de aplicación en aquellas actividades cuyas particularidades lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de: POLICIA, SEGURIDAD Y RESGUARDO ADUANERO.

La ley inspirara las normas especificas de estas funciones y que serán objeto de esta ponencia.

Normas generales.

Dentro de las Fuerzas y C. de S. existe un colectivo destinado en labores de tipo burocrático o administrativo a la que seria de aplicación lo contenido en las normas descritas anteriormente, pero la imposibilidad de realizar compartimientos dentro de lo que es el trabajo de policia (la multivalencia del policia) impiden la definición de riesgos generales y se hace necesario la definición, estudio y análisis de los riesgos laborales del funcionario de policia según los trabajos que en cada momento realiza.

Así mismo el progresivo crecimiento de la especialización profesional, la aparición de nuevas tecnologías y amplisimo campo de trabajo que desarrolla en la actualidad una policia integral, obligan a un continuo estudio y análisis de los riesgos.

Por lo tanto lo primero a realizar es un catalogo lo mas amplio de funciones que realizan los funcionarios de Policia, que abarque desde la genérica de seguridad y protección a las mas especificas de laboratorio (Policia Científica), desactivación de explosivos, caballería, guías caninos, unidades de subsuelo, pilotos de helicópteros, conductores, mecánicos de automoción, instructores de tiro, etc... La disparidad de funciones y por lo tanto de agentes físicos, químicos o biológicos que pueden ser riesgos potenciales es amplisimo.

Tras conocer las diferentes actividades debe pasarse a la evaluación de los riesgos, dividiéndola en las que exista una legislación especifica y la que no lo tenga. En cada una de ellas se realizará una identificación de los peligros y una estimación del riesgo (en sus dos variables: severidad del daño y la probabilidad de que ocurra) (Lam.1) lo cual nos lleva a la valoración de riesgos ( en Triviales, tolerables, moderado, importante e intolerable) (lam.2) una vez analizados estos datos se pasará a la preparación de planes de control o mitigación de dichos riesgos.

Planes de control y/o mitigación.

Todo proceso parte de la existencia de un conjunto de pasos a seguir.

1º Creación de la estructura sanitario y técnica necesaria para desarrollar las actividades de prevención, en la misma se involucran tanto los médicos y ATS como veterinarios, arquitectos y técnicos especialistas en cada materia.






2º Realización de una verdadera selección de personal basada en que las condiciones físicas de base son fundamentales para desarrollar las tareas especificas de policía, esto nos lleva a reconocimientos médicos de ingreso lo mas exhaustivo posible, así como a reconocimientos específicos para el acceso a determinados puestos de trabajo o función policial ( Unidades de Intervención, TEDAX, Guías caninos y caballería, etc) además deben realizarse reconocimientos periódicos encaminados a una real labor preventiva.

3º Realización de Inspecciones periódicos de las instalaciones y medios en que se desarrolla la actividad laboral (edificios, instalaciones de talleres, galerías de tiro, caballerizas, elementos móviles) así como del material e instrumental de trabajo.

4º Campañas de inmunoprofilaxis especificas y generales.

5º Controles muy específicos como puede ser el dosimetricos en el caso de radiaciones ionizantes. (Tedax) Determinaciones sanguíneas de CO, PB, etc.

6º Una continua labor de enseñanza dirigida a los policías para que conozcan los riesgos a los que están expuestos y la mejor manera de prevenirlos, fomentando aquellas actividades que repercutan en una mejor salud psico-física. Realización de cursos de formación y reciclaje del personal sanitario encargado del control higiénico-sanitario.

7º Realización de investigaciones encaminadas a minimizar riesgos laborales específicos. Estudio de la efectividad del material antidisturbios, chalecos antibalas, material en que están confeccionados uniformes y ropa de todo tipo. Realización de practicas encaminadas a labores de rescate y asistencia de urgencias en lugares de especiales características (subsuelo). En estos últimos casos debe realizarse en colaboración con los organismos encargados de prestar dicha asistencia de urgencias (bomberos, samur, 061, etc..).

SESLAP. Última actualización 29-mar-04