PREVENCION DE RIESGOS EN LAS FUERZAS DE SEGURIDAD-CUERPO NACIONAL
DE POLICIA
Bibliografía:
1º Normativa que regula la sanidad en la Dirección General de la
Policia. Tomo I año 1991.Imprenta D.G.P. Ministerio del Interior.
2º Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos laborales.
3º Real Decreto 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención.
4º Directrices para la evaluación de riesgos en el lugar de trabajo.
Comisión Europea. Dirección General de empleo, relaciones laborales
y asuntos sociales. Luxemburgo 1996.
5º Gestión en la Prevención en las Empresas. Biblioteca Cinco días
1996.
6º Plan de Organización de las Actividades Preventivas en las Administraciones
Públicas. Ministerio de Trabajo y S.S.
Introducción
Existe un continuo aumento en la sensibilidad social y laboral respecto
a la incidencia del trabajo en la salud de los individuos, tanto
las autoridades laborales, como los agentes sociales y los estamentos
legislativos (nacionales y supracomunitarios) van tomando conciencia
de la necesidad de desarrollar actividades preventivas en los quehaceres
laborales y profesionales, pasando de etapas en la que la prevención
se hacia de forma individualizada a colectivos muy definidos (actividades
mineras o industriales) a generalizar y universalizar el concepto
de riesgo laboral y por tanto su prevención. El desarrollo legislativo
mediante la ley 31/1995 y Real Decreto 39/1997 introducen la obligación
de la prevención a la cual no es posible sustraer las actividades
que desarrollan los trabajadores para las administraciones públicas.
Por lo tanto las FFCCSS como integrantes de las administraciones
están integradas en el colectivo que debe ser protegido y valorado,
aunque como establece la ley 31/1995 en su arlo. 3.2 la misma no
será de aplicación en aquellas actividades cuyas particularidades
lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de: POLICIA, SEGURIDAD
Y RESGUARDO ADUANERO.
La ley inspirara las normas especificas de estas funciones y que
serán objeto de esta ponencia.
Normas generales.
Dentro de las Fuerzas y C. de S. existe un colectivo destinado en
labores de tipo burocrático o administrativo a la que seria de aplicación
lo contenido en las normas descritas anteriormente, pero la imposibilidad
de realizar compartimientos dentro de lo que es el trabajo de policia
(la multivalencia del policia) impiden la definición de riesgos
generales y se hace necesario la definición, estudio y análisis
de los riesgos laborales del funcionario de policia según los trabajos
que en cada momento realiza.
Así mismo el progresivo crecimiento de la especialización profesional,
la aparición de nuevas tecnologías y amplisimo campo de trabajo
que desarrolla en la actualidad una policia integral, obligan a
un continuo estudio y análisis de los riesgos.
Por lo tanto lo primero a realizar es un catalogo lo mas amplio
de funciones que realizan los funcionarios de Policia, que abarque
desde la genérica de seguridad y protección a las mas especificas
de laboratorio (Policia Científica), desactivación de explosivos,
caballería, guías caninos, unidades de subsuelo, pilotos de helicópteros,
conductores, mecánicos de automoción, instructores de tiro, etc...
La disparidad de funciones y por lo tanto de agentes físicos, químicos
o biológicos que pueden ser riesgos potenciales es amplisimo.
Tras conocer las diferentes actividades debe pasarse a la evaluación
de los riesgos, dividiéndola en las que exista una legislación especifica
y la que no lo tenga. En cada una de ellas se realizará una identificación
de los peligros y una estimación del riesgo (en sus dos variables:
severidad del daño y la probabilidad de que ocurra) (Lam.1) lo cual
nos lleva a la valoración de riesgos ( en Triviales, tolerables,
moderado, importante e intolerable) (lam.2) una vez analizados estos
datos se pasará a la preparación de planes de control o mitigación
de dichos riesgos.
Planes de control y/o mitigación.
Todo proceso parte de la existencia de un conjunto de pasos a seguir.
1º Creación de la estructura sanitario y técnica necesaria para
desarrollar las actividades de prevención, en la misma se involucran
tanto los médicos y ATS como veterinarios, arquitectos y técnicos
especialistas en cada materia.
2º Realización de una verdadera selección de personal basada en
que las condiciones físicas de base son fundamentales para desarrollar
las tareas especificas de policía, esto nos lleva a reconocimientos
médicos de ingreso lo mas exhaustivo posible, así como a reconocimientos
específicos para el acceso a determinados puestos de trabajo o función
policial ( Unidades de Intervención, TEDAX, Guías caninos y caballería,
etc) además deben realizarse reconocimientos periódicos encaminados
a una real labor preventiva.
3º Realización de Inspecciones periódicos de las instalaciones y
medios en que se desarrolla la actividad laboral (edificios, instalaciones
de talleres, galerías de tiro, caballerizas, elementos móviles)
así como del material e instrumental de trabajo.
4º Campañas de inmunoprofilaxis especificas y generales.
5º Controles muy específicos como puede ser el dosimetricos en el
caso de radiaciones ionizantes. (Tedax) Determinaciones sanguíneas
de CO, PB, etc.
6º Una continua labor de enseñanza dirigida a los policías para
que conozcan los riesgos a los que están expuestos y la mejor manera
de prevenirlos, fomentando aquellas actividades que repercutan en
una mejor salud psico-física. Realización de cursos de formación
y reciclaje del personal sanitario encargado del control higiénico-sanitario.
7º Realización de investigaciones encaminadas a minimizar riesgos
laborales específicos. Estudio de la efectividad del material antidisturbios,
chalecos antibalas, material en que están confeccionados uniformes
y ropa de todo tipo. Realización de practicas encaminadas a labores
de rescate y asistencia de urgencias en lugares de especiales características
(subsuelo). En estos últimos casos debe realizarse en colaboración
con los organismos encargados de prestar dicha asistencia de urgencias
(bomberos, samur, 061, etc..). |