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SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS Y SU IMPACTO EN LA GESTIÓN PREVENTIVA DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y E.E.P.P

Antonio Benéitez Ballesta Servicio de Prevención de FREMAP
Bilbao, Abril de 1999.

INTRODUCCIÓN

La evolución de la gestión de las MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO, desde las perspectivas de Organización, Administración y Funcionamiento, ha sido y será de un movimiento continuo en busca de los patrones que garanticen a sus Empresas asociadas un excelente servicio, objetivo fundamental de su existencia.

Así mismo, el régimen de gestión como Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social un tanto especial, unido a las continuas líneas de reestructuraciones, fusiones y la asignación de nuevas responsabilidades en la gestión, nos conducen a creer que la personalidad gestora de las Mutuas encierra determinadas dificultades para todos aquellos que no viven el día a día de su actividad gestora.

No obstante, el contenido de la ponencia que presentamos, no está referida a las Mutuas de Accidentes de Trabajo de forma directa, sino al pasado, presente y especialmente futuro de sus Servicios de Prevención en el nuevo marco de los Servicios de Prevención Ajenos.

En líneas generales las Mutuas de Accidentes de Trabajo se han marcado un objetivo básico como es colaborar de forma directa en el nuevo cambio cultural empresarial y laboral, sustituyendo la anterior cultura por la de la Prevención, en la que todos los implicados tomen conciencia de sus responsabilidades al objeto de eliminar o en su defecto reducir las situaciones de riesgo, derivadas de las actividades laborales, poniendo a disposición de las Empresas asociadas sus Servicios de Prevención.

Son estos Servicios de Prevención incluidos en las Mutuas, los que se verán afectados por grandes e importantes cambios determinados por la legislación actual, siendo el contenido de esta ponencia analizar no solo los cambios experimentados, sino también la incidencia o el impacto sobre los mismos del nuevo marco de actuación, bajo el cual se desarrollarán las actividades preventivas asignadas a los Servicios de Prevención Ajenos.

1.    CONSIDERACIONES PREVIAS.-

A modo de análisis de la situación de partida, es conveniente comentar que no todos los Servicios de Prevención de las Mutuas están en las mismas condiciones de partida ante el importante reto de actuación como Servicios de Prevención Ajenos S.P.A. diversas son las razones que nos han llevado a esta circunstancia, entre otras destacamos:

a.    La propia filosofía de actuación de las Mutuas, mientras unas apostaban y empleaban importantes recursos tanto humanos como materiales en el desarrollo del área de Prevención, con el ánimo de ofrecer un servicio más a sus Empresas asociadas y con un objetivo claro de colaborar y ayudar a estas en su gestión preventiva, otras optaban por líneas de actuación dirigidas hacia otros derroteros distantes y al margen de las acciones preventivas.

b.    E l crecimiento variable, motivado por las políticas de actuación comercial, ha supuesto que unas Mutuas adquieran un papel de liderazgo en el sector o en su defecto de importante papel específico y otras se hayan quedado en niveles inferiores lo que nos lleva a creer que a mayor volumen, mayores recursos a aplicar en Prevención, supuesto no estrictamente exacto pero si de posible realidad.

c.    El continuo movimiento de reestructuración del sector, tengasé en cuenta que en un periodo aproximado de 10 años han desaparecido 140 Mutuas por diversas razones y durante esos periodos de fusiones, las necesidades estaban más enfocadas hacia la correcta gestión de absorción que a planteamientos de futuro preventivo.

Entiendo que son suficientes razones, como para pensar que ante el nuevo reto de las Mutuas como S.P.A, el contemplar a todas bajo las mismas condiciones de salida, seria un error, no obstante no debemos olvidar que a pesar de las diferencias comentadas, nos encontramos de nuevo ante un hecho que puede marcar aún más las diferencias o reducirlas, dado que el planteamiento de las Mutuas independientemente de su pasado, ante la nueva gestión de los S.P.A., varia entre unas y otras aspecto de enorme interés y a considerar en un futuro.

2.    LEGISLACIÓN DE REFERENCIA.-

Es conveniente realizar un breve repaso, sobre la legislación básica que determina la posibilidad de las Mutuas para actuar como Servicios de Prevención Ajenos, posibilidad no perseguida por el sector y si asumida por el mismo, en este sentido destacar:

1.    La Ley 31/95 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en su Capitulo IV Artículo 32, establece que Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales podrán desarrollar para las empresas a ellas asociadas las funciones correspondientes a los Servicios de Prevención.

2.    El R.D. 39/97 de 17 de Enero del mismo año, por el que se aprueba El Reglamento de los Servicios de Prevención, de tal manera que la posibilidad establecida en la Ley 31/95 por la que las Mutuas podían actuar como Servicios de Prevención queda absolutamente derogada, en tanto en cuanto estas no cumplieran con las siguientes condiciones establecidas y requeridas en:

3.    La Orden de 27 de Junio de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 39/97 en relación con las condiciones de acreditación de las Entidades especializadas, y donde las Mutuas y sus Servicios de Prevención están plenamente incluidas.

4.    Para finalizar no debemos olvidar La Orden de 22 de Abril de 1997por la que se regula el régimen de funcionamiento de las Mutuas, como Servicios de Prevención, presentando una doble vertiente con cargo a cuotas y como entidades acreditadas con cargo a conciertos previamente establecidos, en el marco de sus empresas asociadas.

Al objeto de no extendernos en exceso sobre el tema legislativo, vamos a tomar estas referencias como suficientes y necesarias para entender de alguna manera la problemática que nos afecta.

3.    CONDICIONES PARA ACTUAR COMO S.P.A.-

Las condiciones por las cuales cualquier empresa o entidad incluidas las Mutuas, pueden actuar como Servicios de Prevención Ajenos, están establecidas en la citada Orden de 27 de Junio; en la misma se establecen las condiciones de acreditación, así como las obligaciones para mantenerlas.

En este sentido se solicita a los posibles Servicios de Prevención una serie de recursos humanos y materiales a cubrir, al objeto de ser acreditados como tales. Recursos que las Mutuas ya presentaban en mayor o menor medida y que han tenido que demostrar ante la Administración a través de un largo proceso de acreditaciones siendo en la actualidad una realidad, los Servicios de Prevención Ajenos de las Mutuas ya están autorizados para actuar como tales única y exclusivamente en el entorno de sus Empresas asociadas.

Esta realidad no debe conducirnos a falsas interpretaciones, dado que el enfoque inicial de la gestión preventiva adoptada por las Mutuas está dirigida a:

1.    Ampliar y facilitar a sus empresas asociadas la posibilidad de optar por el Servicio de Prevención Ajeno, como un servicio más, sin un evidente ánimo de lucro, pero si persiguiendo la circunstancia de evitar posibles incidencias negativas en su acción como Mutua.

2.    No sustituir responsabilidades de ningún tipo; este aspecto lo deja claro la Ley 31/95 en su articulo 14, si bien es cierto que sobre el Servicio de Prevención Ajeno existe una serie de responsabilidades que en ningún caso tienen que ver con las establecidas y asignadas bajo el concepto de Prevención Integral e Integrada por la propia Ley según funciones y responsabilidades de todos y cada uno de los estatus establecidos por y en las empresas.

3.    Eliminar, sustituir o reemplazar de forma absoluta o con carácter periódico a las personas que ya estaban realizando actividades de prevención, no es en absoluto el objetivo de las Mutuas, sino todo lo contrario, pretenden potenciar su gestión o en su defecto complementarla.

Sirvan estas consideraciones para sentar tranquilidades por un lado y por el otro para ubicarnos en el lugar exacto de la gestión desde las perspectivas de representatividad y actuación.

Estos comentarios realizados eran un paso obligado para sentar las bases de lo que a mi entender es el núcleo fundamental de la ponencia que nos ocupa: Servicios de Prevención Ajenos y su impacto en la Gestión Preventiva de las Mutuas.

4. SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS.IMPACTO EN LA GESTIÓN PREVENTIVA DE LAS MUTUAS.-

Es evidente que la aparición de los S.P.A, han supuesto un importante paso para la Prevención
de los riesgos laborales y, como era de esperar, ha influido de forma notoria en y sobre todos los Organismos, Entidades, Empresas, etc. que hasta la fecha estaban dedicadas a realizar actividades preventivas; en este sentido el sector de las Mutuas de Accidentes de Trabajo es uno más de los afectados por la aparición de los citados S.P.A..

Analizar el impacto que los Servicios de Prevención Ajenos, han causado en todos y cada uno de los interesados en el tema es una tarea difícil, extensa y al margen de la ponencia que nos ocupa; por esta razón nos vamos a limitar a analizar únicamente y exclusivamente la incidencia de estos servicios sobre la Gestión Preventiva de las Mutuas.

No debemos olvidar que el mayor y más positivo impacto de esta nueva personalidad preventiva, recaerá sobre la propia sociedad y que en la misma medida que los Servicios de Prevención de las Mutuas notan de forma sensible su creación, a la inversa los S.P.A., también serán conscientes del importante trabajo, calidad y eficacia desarrollado por los que ya estaban institucionalizados.

Son varias las líneas o directrices que hay que contemplar a la hora de analizar el citado y posible impacto, y las vamos a desarrollar comentando la incidencia y en ocasiones apuntando algunas propuestas que estimamos de interés, comenzando por:

SECTOR DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO.

a.    En líneas generales este sector, origen de los Servicios de Prevención propios, puede presentar alguna la incidencia en su gestión, en el sentido de que la disponibilidad de los Servicios de Prevención ya acreditados, pudiera ser un argumento de interés comercial sobre aquellas otras que carecen de los mismos; en esta línea deberá ser también la calidad y la eficacia de las acciones preventivas quien determine la tendencia de los posibles clientes.

b.    La gestión bicéfala, creada con motivo de la Orden de 22 de Abril, obliga a las Mutuas añadir a su tradicional gestión preventiva una segunda orientada con cargo a los conciertos con las empresas que estén interesadas en llevarlos a efecto. No debemos olvidar los acuerdos Marcos establecidos con la Administración.

c.    En relación con la gestión económica, es importante destacar que la creación de los S.P.A. obliga a las Mutuas a gestionar entre lo público y lo privado, es decir administrar un dinero público no pudiendo incurrir en déficit ni acudir al presupuesto en caso de que surjan problemas. Se necesita por lo tanto una mayor liberalización de su capacidad de gestión para agilizar y mejorar su eficacia.

SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE LAS MUTUAS.

a.    Necesidad de acreditación como tales; anteriormente esta condición no existía, esto no quiere decir que la acreditación suponga un factor de mejora sobre la anterior situación en lo que a calidad del servicio pudiera significar, pero las Mutuas han tenido que realizar un importante esfuerzo para obtener las oportunas acreditaciones.

b.    El importante cambio cultural que exige la nueva situación desde el buen servicio prestado hasta la fecha, hacia el mantenimiento de este, añadiendo al mismo, el cada día más exigente y necesario factor de eficacia.

c.    Así mismo y asociado a este cambio cultural, la necesidad favorable de tener que hacer frente a un régimen de libre competencia a través de precios de mercado. No obstante en este sentido los Servicios de Prevención de las Mutuas presentan a mi modo de ver una desventaja en la actual situación, teniendosé que limitar su actividad preventiva al entorno de sus empresas asociadas, mientras que la competencia puede acceder a ese entorno o parcela de mercado.

d.    En relación con los medios humanos y materiales de los Servicios, el impacto será distinto entre aquellas Mutuas que anteriormente optaron por la acción preventiva y las que no lo hicieron, en cualquier caso la necesidad de profesionales es evidente para cubrir el volumen de conciertos que pudieran surgir, en este sentido nos encontramos con un importante déficit de medios humanos, siendo necesario acudir a programas intensos de formación propios o ajenos o en su defecto mantenerse a la espera de que el propio mercado vaya cubriendo de manera progresiva estas carencias.

e.    Aunque siempre ha sido una constante, en la filosofía preventiva de las Mutuas, el trabajo en equipo, en la situación actual la configuración de equipos multidisciplinares que funcionen como tales, será otro de los aspectos a instalar en unos servicios y a mejorar en otros, al objeto de dar cumplida respuesta a las "nuevas" exigencias de los servicios de prevención, abundando en la función de coordinación.

f.    La competencia con los nuevos profesionales y servicios de prevención ajenos, la necesidad de un mayor conocimiento de las empresas y sus procesos de gestión y producción, la exigencia de rentabilizar el servicio concertado etc. nos conducen a un mayor y más específico nivel de formación de los Técnicos.

g.    La creación de los S.P.A. obligan a los anteriores servicios de prevención de las Mutuas, a incluir de forma determinante el aspecto de la Medicina Laboral a través de la incorporación de profesionales de la medicina, situación que anteriormente era únicamente desarrollada por las Mutuas desde la perspectiva de Medicina Preventiva.

Es evidente que pudiéramos incluir nuevas incidencias, pero entendemos las expuestas como suficientes, sin olvidar que entre los diferentes servicios de prevención del sector se deberá intensificar una notable labor de comunicación, al objeto de unificar criterios de actuación.

LAS EMPRESAS.

a.    La aparición de los nuevos S.P.A., ofrecen a las empresas la posibilidad y responsabilidad de decidir a quien contrata y bajo que condiciones, en esta circunstancia el servicio que le venia ofreciendo la Mutua con un carácter opcional y sin costo alguno, pasa a ser de obligación y por supuesto con un costo que deberá rentabilizar.

b.    A l crearse la nueva personalidad como servicio de prevención ajeno y compartir esta con la de cargo a cuotas, la exigencia de información solicitada por la empresa es mucho mayor y por lo tanto, los Técnicos incluidos en los servicios de las Mutuas deben dejar muy claro que se contrata y en que condiciones.

c.    Los servicios de prevención de las Mutuas, siempre han mantenido una excelente relación con los trabajadores y sus representantes, no obstante la nueva gestión preventiva a desarrollar por los S.P.A. exige institucionalizar estas relaciones e incrementar de forma notable, la colaboración y participación de los trabajadores.

d.    El concepto de Prevención Integral e Integrada que hasta la fecha era pura filosofía, exige a los S.P.A. y a las empresas incorporarlo de forma definitiva, evitando crear sistema paralelos de gestión y condenados al fracaso, ante esta situación el sistema de calidad implantado por las empresas debe ser conocido por los prevencionistas, como una garantía de éxito y eficacia de la gestión. En este sentido los tradicionales índices preventivos, tendrán que adquirir una nueva personalidad más dirigida hacia la realidad productiva de la empresa, que al simple control de la accidentabilidad, apostamos por un cambio drástico de estos hasta en su nominación, parece más adecuado hablar de ratios.

Es posible que existan otros factores influenciados por la aparición de los S.P.A. pero desde la perspectiva de los anteriores servicios de prevención de las Mutuas, los elementos analizados entendemos que nos dan una idea más o menos aproximada del impacto que estos servicios han experimentado.

5. CONCLUSIONES.

Para finalizar, quisiera resumir en unas sencillas conclusiones aquello que hemos expuesto indicando:

1.    La creación de los S.P.A. ha supuesto un impacto en los anteriores servicios de prevención de las Mutuas, más dirigido a su actualización administrativa y de organización que a la función puramente técnica y de funcionamiento.

2.    Se hace notar el impacto en la incorporación de estos servicios a un régimen de libre competencia a través de precios de mercado.

3.    El nuevo reto de eficacia y rentabilidad del servicio prestado, obliga a los servicios de las Mutuas a incidir en los niveles de riesgo reales, en base a un mayor conocimiento de las empresas.

Es posible que sigan evolucionando las normativas que rigen las actuaciones de los servicios de prevención de las Mutuas, hoy incorporados a la parcela de Servicios de Prevención Ajenos, no obstante hay que hacer notar que independientemente de contenido de estas modificaciones, las Mutuas optan por ofrecer a todos sus empresas asociadas un servicio de calidad en libre competencia con otros servicios y en el ánimo de ser u obtener el liderazgo de los mismos.

Fdo.- Antonio Benéitez Ballesta
Servicio de Prevención de FREMAP.


 
 
SESLAP. Última actualización 29-mar-04