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SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS Y SU
IMPACTO EN LA GESTIÓN PREVENTIVA DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES
DE TRABAJO Y E.E.P.P
Antonio Benéitez Ballesta Servicio de Prevención
de FREMAP
Bilbao, Abril de 1999.
INTRODUCCIÓN
La evolución de la gestión de las MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO,
desde las perspectivas de Organización, Administración y Funcionamiento,
ha sido y será de un movimiento continuo en busca de los patrones
que garanticen a sus Empresas asociadas un excelente servicio,
objetivo fundamental de su existencia.
Así mismo, el régimen de gestión como Entidades Colaboradoras
de la Seguridad Social un tanto especial, unido a las continuas
líneas de reestructuraciones, fusiones y la asignación de nuevas
responsabilidades en la gestión, nos conducen a creer que la personalidad
gestora de las Mutuas encierra determinadas dificultades para
todos aquellos que no viven el día a día de su actividad gestora.
No obstante, el contenido de la ponencia que presentamos, no está
referida a las Mutuas de Accidentes de Trabajo de forma directa,
sino al pasado, presente y especialmente futuro de sus Servicios
de Prevención en el nuevo marco de los Servicios de Prevención
Ajenos.
En líneas generales las Mutuas de Accidentes de Trabajo se han
marcado un objetivo básico como es colaborar de forma directa
en el nuevo cambio cultural empresarial y laboral, sustituyendo
la anterior cultura por la de la Prevención, en la que todos los
implicados tomen conciencia de sus responsabilidades al objeto
de eliminar o en su defecto reducir las situaciones de riesgo,
derivadas de las actividades laborales, poniendo a disposición
de las Empresas asociadas sus Servicios de Prevención.
Son estos Servicios de Prevención incluidos en las Mutuas, los
que se verán afectados por grandes e importantes cambios determinados
por la legislación actual, siendo el contenido de esta ponencia
analizar no solo los cambios experimentados, sino también la incidencia
o el impacto sobre los mismos del nuevo marco de actuación, bajo
el cual se desarrollarán las actividades preventivas asignadas
a los Servicios de Prevención Ajenos.
1. CONSIDERACIONES PREVIAS.-
A modo de análisis de la situación de partida, es conveniente
comentar que no todos los Servicios de Prevención de las Mutuas
están en las mismas condiciones de partida ante el importante
reto de actuación como Servicios de Prevención Ajenos S.P.A. diversas
son las razones que nos han llevado a esta circunstancia, entre
otras destacamos:
a. La propia filosofía de actuación de las
Mutuas, mientras unas apostaban y empleaban importantes recursos
tanto humanos como materiales en el desarrollo del área de Prevención,
con el ánimo de ofrecer un servicio más a sus Empresas asociadas
y con un objetivo claro de colaborar y ayudar a estas en su
gestión preventiva, otras optaban por líneas de actuación dirigidas
hacia otros derroteros distantes y al margen de las acciones
preventivas.
b. E l crecimiento variable, motivado por
las políticas de actuación comercial, ha supuesto que unas Mutuas
adquieran un papel de liderazgo en el sector o en su defecto
de importante papel específico y otras se hayan quedado en niveles
inferiores lo que nos lleva a creer que a mayor volumen, mayores
recursos a aplicar en Prevención, supuesto no estrictamente
exacto pero si de posible realidad.
c. El continuo movimiento de reestructuración
del sector, tengasé en cuenta que en un periodo aproximado de
10 años han desaparecido 140 Mutuas por diversas razones y durante
esos periodos de fusiones, las necesidades estaban más enfocadas
hacia la correcta gestión de absorción que a planteamientos
de futuro preventivo.
Entiendo que son suficientes razones, como para pensar que ante
el nuevo reto de las Mutuas como S.P.A, el contemplar a todas
bajo las mismas condiciones de salida, seria un error, no obstante
no debemos olvidar que a pesar de las diferencias comentadas,
nos encontramos de nuevo ante un hecho que puede marcar aún más
las diferencias o reducirlas, dado que el planteamiento de las
Mutuas independientemente de su pasado, ante la nueva gestión
de los S.P.A., varia entre unas y otras aspecto de enorme interés
y a considerar en un futuro.
2. LEGISLACIÓN DE REFERENCIA.-
Es conveniente realizar un breve repaso, sobre la legislación
básica que determina la posibilidad de las Mutuas para actuar
como Servicios de Prevención Ajenos, posibilidad no perseguida
por el sector y si asumida por el mismo, en este sentido destacar:
1. La Ley 31/95 de 8 de Noviembre, de Prevención
de Riesgos Laborales, en su Capitulo IV Artículo 32, establece
que Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
podrán desarrollar para las empresas a ellas asociadas las funciones
correspondientes a los Servicios de Prevención.
2. El R.D. 39/97 de 17 de Enero del mismo
año, por el que se aprueba El Reglamento de los Servicios de
Prevención, de tal manera que la posibilidad establecida en
la Ley 31/95 por la que las Mutuas podían actuar como Servicios
de Prevención queda absolutamente derogada, en tanto en cuanto
estas no cumplieran con las siguientes condiciones establecidas
y requeridas en:
3. La Orden de 27 de Junio de 1997 por la
que se desarrolla el Real Decreto 39/97 en relación con las
condiciones de acreditación de las Entidades especializadas,
y donde las Mutuas y sus Servicios de Prevención están plenamente
incluidas.
4. Para finalizar no debemos olvidar La Orden
de 22 de Abril de 1997por la que se regula el régimen de funcionamiento
de las Mutuas, como Servicios de Prevención, presentando una
doble vertiente con cargo a cuotas y como entidades acreditadas
con cargo a conciertos previamente establecidos, en el marco
de sus empresas asociadas.
Al objeto de no extendernos en exceso sobre el tema legislativo,
vamos a tomar estas referencias como suficientes y necesarias
para entender de alguna manera la problemática que nos afecta.
3. CONDICIONES PARA ACTUAR COMO S.P.A.-
Las condiciones por las cuales cualquier empresa o entidad incluidas
las Mutuas, pueden actuar como Servicios de Prevención Ajenos,
están establecidas en la citada Orden de 27 de Junio; en la misma
se establecen las condiciones de acreditación, así como las obligaciones
para mantenerlas.
En este sentido se solicita a los posibles Servicios de Prevención
una serie de recursos humanos y materiales a cubrir, al objeto
de ser acreditados como tales. Recursos que las Mutuas ya presentaban
en mayor o menor medida y que han tenido que demostrar ante la
Administración a través de un largo proceso de acreditaciones
siendo en la actualidad una realidad, los Servicios de Prevención
Ajenos de las Mutuas ya están autorizados para actuar como tales
única y exclusivamente en el entorno de sus Empresas asociadas.
Esta realidad no debe conducirnos a falsas interpretaciones, dado
que el enfoque inicial de la gestión preventiva adoptada por las
Mutuas está dirigida a:
1. Ampliar y facilitar a sus empresas asociadas
la posibilidad de optar por el Servicio de Prevención Ajeno,
como un servicio más, sin un evidente ánimo de lucro, pero si
persiguiendo la circunstancia de evitar posibles incidencias
negativas en su acción como Mutua.
2. No sustituir responsabilidades de ningún
tipo; este aspecto lo deja claro la Ley 31/95 en su articulo
14, si bien es cierto que sobre el Servicio de Prevención Ajeno
existe una serie de responsabilidades que en ningún caso tienen
que ver con las establecidas y asignadas bajo el concepto de
Prevención Integral e Integrada por la propia Ley según funciones
y responsabilidades de todos y cada uno de los estatus establecidos
por y en las empresas.
3. Eliminar, sustituir o reemplazar de forma
absoluta o con carácter periódico a las personas que ya estaban
realizando actividades de prevención, no es en absoluto el objetivo
de las Mutuas, sino todo lo contrario, pretenden potenciar su
gestión o en su defecto complementarla.
Sirvan estas consideraciones para sentar tranquilidades por un
lado y por el otro para ubicarnos en el lugar exacto de la gestión
desde las perspectivas de representatividad y actuación.
Estos comentarios realizados eran un paso obligado para sentar
las bases de lo que a mi entender es el núcleo fundamental de
la ponencia que nos ocupa: Servicios de Prevención Ajenos y su
impacto en la Gestión Preventiva de las Mutuas.
4. SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS.IMPACTO EN LA GESTIÓN PREVENTIVA
DE LAS MUTUAS.-
Es evidente que la aparición de los S.P.A, han supuesto un importante
paso para la Prevención
de los riesgos laborales y, como era de esperar, ha influido de
forma notoria en y sobre todos los Organismos, Entidades, Empresas,
etc. que hasta la fecha estaban dedicadas a realizar actividades
preventivas; en este sentido el sector de las Mutuas de Accidentes
de Trabajo es uno más de los afectados por la aparición de los
citados S.P.A..
Analizar el impacto que los Servicios de Prevención Ajenos, han
causado en todos y cada uno de los interesados en el tema es una
tarea difícil, extensa y al margen de la ponencia que nos ocupa;
por esta razón nos vamos a limitar a analizar únicamente y exclusivamente
la incidencia de estos servicios sobre la Gestión Preventiva de
las Mutuas.
No debemos olvidar que el mayor y más positivo impacto de esta
nueva personalidad preventiva, recaerá sobre la propia sociedad
y que en la misma medida que los Servicios de Prevención de las
Mutuas notan de forma sensible su creación, a la inversa los S.P.A.,
también serán conscientes del importante trabajo, calidad y eficacia
desarrollado por los que ya estaban institucionalizados.
Son varias las líneas o directrices que hay que contemplar a la
hora de analizar el citado y posible impacto, y las vamos a desarrollar
comentando la incidencia y en ocasiones apuntando algunas propuestas
que estimamos de interés, comenzando por:
SECTOR DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO.
a. En líneas generales este sector, origen
de los Servicios de Prevención propios, puede presentar alguna
la incidencia en su gestión, en el sentido de que la disponibilidad
de los Servicios de Prevención ya acreditados, pudiera ser un
argumento de interés comercial sobre aquellas otras que carecen
de los mismos; en esta línea deberá ser también la calidad y
la eficacia de las acciones preventivas quien determine la tendencia
de los posibles clientes.
b. La gestión bicéfala, creada con motivo
de la Orden de 22 de Abril, obliga a las Mutuas añadir a su
tradicional gestión preventiva una segunda orientada con cargo
a los conciertos con las empresas que estén interesadas en llevarlos
a efecto. No debemos olvidar los acuerdos Marcos establecidos
con la Administración.
c. En relación con la gestión económica, es
importante destacar que la creación de los S.P.A. obliga a las
Mutuas a gestionar entre lo público y lo privado, es decir administrar
un dinero público no pudiendo incurrir en déficit ni acudir
al presupuesto en caso de que surjan problemas. Se necesita
por lo tanto una mayor liberalización de su capacidad de gestión
para agilizar y mejorar su eficacia.
SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE LAS MUTUAS.
a. Necesidad de acreditación como tales;
anteriormente esta condición no existía, esto no quiere decir
que la acreditación suponga un factor de mejora sobre la anterior
situación en lo que a calidad del servicio pudiera significar,
pero las Mutuas han tenido que realizar un importante esfuerzo
para obtener las oportunas acreditaciones.
b. El importante cambio cultural que exige
la nueva situación desde el buen servicio prestado hasta la
fecha, hacia el mantenimiento de este, añadiendo al mismo, el
cada día más exigente y necesario factor de eficacia.
c. Así mismo y asociado a este cambio cultural,
la necesidad favorable de tener que hacer frente a un régimen
de libre competencia a través de precios de mercado. No obstante
en este sentido los Servicios de Prevención de las Mutuas presentan
a mi modo de ver una desventaja en la actual situación, teniendosé
que limitar su actividad preventiva al entorno de sus empresas
asociadas, mientras que la competencia puede acceder a ese entorno
o parcela de mercado.
d. En relación con los medios humanos y materiales
de los Servicios, el impacto será distinto entre aquellas Mutuas
que anteriormente optaron por la acción preventiva y las que
no lo hicieron, en cualquier caso la necesidad de profesionales
es evidente para cubrir el volumen de conciertos que pudieran
surgir, en este sentido nos encontramos con un importante déficit
de medios humanos, siendo necesario acudir a programas intensos
de formación propios o ajenos o en su defecto mantenerse a la
espera de que el propio mercado vaya cubriendo de manera progresiva
estas carencias.
e. Aunque siempre ha sido una constante, en
la filosofía preventiva de las Mutuas, el trabajo en equipo,
en la situación actual la configuración de equipos multidisciplinares
que funcionen como tales, será otro de los aspectos a instalar
en unos servicios y a mejorar en otros, al objeto de dar cumplida
respuesta a las "nuevas" exigencias de los servicios
de prevención, abundando en la función de coordinación.
f. La competencia con los nuevos profesionales
y servicios de prevención ajenos, la necesidad de un mayor conocimiento
de las empresas y sus procesos de gestión y producción, la exigencia
de rentabilizar el servicio concertado etc. nos conducen a un
mayor y más específico nivel de formación de los Técnicos.
g. La creación de los S.P.A. obligan a los
anteriores servicios de prevención de las Mutuas, a incluir
de forma determinante el aspecto de la Medicina Laboral a través
de la incorporación de profesionales de la medicina, situación
que anteriormente era únicamente desarrollada por las Mutuas
desde la perspectiva de Medicina Preventiva.
Es evidente que pudiéramos incluir nuevas incidencias, pero entendemos
las expuestas como suficientes, sin olvidar que entre los diferentes
servicios de prevención del sector se deberá intensificar una
notable labor de comunicación, al objeto de unificar criterios
de actuación.
LAS EMPRESAS.
a. La aparición de los nuevos S.P.A., ofrecen
a las empresas la posibilidad y responsabilidad de decidir a
quien contrata y bajo que condiciones, en esta circunstancia
el servicio que le venia ofreciendo la Mutua con un carácter
opcional y sin costo alguno, pasa a ser de obligación y por
supuesto con un costo que deberá rentabilizar.
b. A l crearse la nueva personalidad como
servicio de prevención ajeno y compartir esta con la de cargo
a cuotas, la exigencia de información solicitada por la empresa
es mucho mayor y por lo tanto, los Técnicos incluidos en los
servicios de las Mutuas deben dejar muy claro que se contrata
y en que condiciones.
c. Los servicios de prevención de las Mutuas,
siempre han mantenido una excelente relación con los trabajadores
y sus representantes, no obstante la nueva gestión preventiva
a desarrollar por los S.P.A. exige institucionalizar estas relaciones
e incrementar de forma notable, la colaboración y participación
de los trabajadores.
d. El concepto de Prevención Integral e Integrada
que hasta la fecha era pura filosofía, exige a los S.P.A. y
a las empresas incorporarlo de forma definitiva, evitando crear
sistema paralelos de gestión y condenados al fracaso, ante esta
situación el sistema de calidad implantado por las empresas
debe ser conocido por los prevencionistas, como una garantía
de éxito y eficacia de la gestión. En este sentido los tradicionales
índices preventivos, tendrán que adquirir una nueva personalidad
más dirigida hacia la realidad productiva de la empresa, que
al simple control de la accidentabilidad, apostamos por un cambio
drástico de estos hasta en su nominación, parece más adecuado
hablar de ratios.
Es posible que existan otros factores influenciados por la aparición
de los S.P.A. pero desde la perspectiva de los anteriores servicios
de prevención de las Mutuas, los elementos analizados entendemos
que nos dan una idea más o menos aproximada del impacto que estos
servicios han experimentado.
5. CONCLUSIONES.
Para finalizar, quisiera resumir en unas sencillas conclusiones
aquello que hemos expuesto indicando:
1. La creación de los S.P.A. ha supuesto
un impacto en los anteriores servicios de prevención de las
Mutuas, más dirigido a su actualización administrativa y de
organización que a la función puramente técnica y de funcionamiento.
2. Se hace notar el impacto en la incorporación
de estos servicios a un régimen de libre competencia a través
de precios de mercado.
3. El nuevo reto de eficacia y rentabilidad
del servicio prestado, obliga a los servicios de las Mutuas
a incidir en los niveles de riesgo reales, en base a un mayor
conocimiento de las empresas.
Es posible que sigan evolucionando las normativas que rigen las
actuaciones de los servicios de prevención de las Mutuas, hoy
incorporados a la parcela de Servicios de Prevención Ajenos, no
obstante hay que hacer notar que independientemente de contenido
de estas modificaciones, las Mutuas optan por ofrecer a todos
sus empresas asociadas un servicio de calidad en libre competencia
con otros servicios y en el ánimo de ser u obtener el liderazgo
de los mismos.
Fdo.- Antonio Benéitez Ballesta
Servicio de Prevención de FREMAP.
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