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GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS SANITARIOS DE
LA GUARDIA CIVIL
PONENTE: TENIENTE CORONEL 2º JEFE DE SANIDAD DE LA GUARDIA
CIVIL, DR. DON JOSÉ EDUARDO DE LA PUENTE YVEGA
Esta ponencia en el resumen sobre la gestión, administración
y control de los diferentes Servicios Sanitarios que componen
las Unidades de la Guardia Civil. No hay que olvidar que la
plantilla del Cuerpo esta formada por 68.000 hombres y 2.003
mujeres, distribuidos por toda la geografía nacional, en la
actualidad tenemos un total de 79 Servicios Médicos, teniendo
médico en 37 unidades, tan solo Diplomado en Enfermería en 40
y en dos provincias como son Soria y Lleida no tenemos personal
sanitario en la actualidad.
FINALIDAD
1 Implantar programas de medicina preventiva
y promoción de la salud.
2 Mejorar, en su caso, las condiciones de
higiene en la prestación de los servicios.
3 Contribuir a la consecución de una asistencia
sanitaria satisfactoria y completa.
4 Optimizar la utilización de los recursos
personales disponibles en cada momento
MISIONES GENERALES
1 Mando, Dirección y Organización de la
Sanidad de la Guardia Civil.
2 Elaboración de los planes de necesidades,
tanto de personal, como de material, encaminados a la prestación
de una adecuada asistencial sanitaria.
3 Asistencia sanitaria, tanto del profesional
como de sus familias.
4 Control de las Bajas y Altas de los componentes
del Cuerpo, elaborando cuantos Planes se consideren necesarios
para reducir el Absentismo Laboral dentro del mismo.
5 Elaboración de Programas y Campañas encaminados
a mejorar la medicina asistencial y preventiva.
5.1.- Realizar los reconocimientos médicos
establecidos, tanto al personal aspirante a ingreso en el
Cuerpo de la Guardia Civil, como por motivo de ascenso o
por razón de cursos de perfeccionamiento o especialidades.
Así como, para el cese en los mismos por razón de pérdida
de aptitudes.
5.2.- Elaborar las campañas de promoción
de salud que se consideren necesarias para mejorar la salud
y bienestar de los componentes del Cuerpo (campañas vacunales,
control de epidemias y enfermedades transmisibles, campañas
de prevención del riesgo cardio - vascular, etc..).
5.3.- Controles periódicos del personal
que maneja aparatos emisores de radiaciones ionizantes o
que maneja materias potencialmente peligrosas para la salud.
6 Inspeccionar periódicamente los Servicios
Médicos extendidos por toda la Geografía Nacional, a fin de
detectar posibles anomalías en su funcionamiento y de evidenciarse,
corregirlas de la forma más rápida y eficaz.
7 Control de la gestión de las actividades
sanitarias, a través de los datos aportados por los Servicios
Médicos y elaboración y tramitación de expedientes relativos
a la adquisición de productos farmacéuticos, material de cura,
aparatos diagnósticos, mobiliario clínico, etc..
8 Someter a la aprobación de la Subdirección
General de Personal, todos los programas que se consideren
necesarios para mejorar la asistencia sanitaria a los componentes
del Cuerpo, vigilando el desarrollo de los mismos y analizando
periódicamente el rendimiento global y particular de los Órganos
del Servicio de Sanidad.
FUNCIONES
1. DEL ÓRGANO CENTRAL.
1.1. Técnicas.
Dirección de todo el personal a su cargo, tanto facultativo
como auxiliar.
Ø Elaboración de planes de necesidades, tanto de personal
como de material.
Ø Análisis de la problemática sanitaria en general, elevando
a la Subdirección General de Personal cuantas propuestas se
consideren necesarias para mejorar el funcionamiento del Servicio
de Sanidad.
1.2. Administrativas.
Gestión de los presupuestos asignados y distribución de los
mismos a los diferentes Servicios Médicos.
Ø Tramitación de expedientes relativos a la adquisición de
medicamentos, material de cura, aparatos de diagnóstico, mobiliario
clínico, etc.
Ø Tramitación de los expedientes relativos a los recursos
formulados ante el Tribunal Médico Militar Superior de la
F.A.S., los Tribunales Médicos Militares Centrales y el Tribunal
Médico Militar Especial Psiquiátrico, así como, todos los
expedientes relativos al Tribunal Médico Militar de la Región
Militar Centro.
Ø Gestión de la Asistencia Sanitaria y Hospitalización en
el colectivo.
Ø Control general de Altas y Bajas.
Ø Control del rendimiento sanitario global.
Ø Recoger, recopilar y tramitar toda la documentación correspondiente
al Servicio, tanto facultativa como de personal y material.
1.3. Preventivas.
Elaborar los Planes de Salud que se consideren necesarios,
desarrollando Programas y Campañas para prevenir la aparición
de accidentes laborales o enfermedades, dirigiendo y controlando
su ejecución.
Ø Adoptar las medidas sanitarias adecuadas ante la aparición
de cualquier brote epidémico.
1.4. Selección de Personal.
El Coronel Jefe de Sanidad, por razón de cargo, es vocal
del Tribunal Médico Militar Central del Ejército de Tierra.
Ø Proponer los exámenes médicos que se estimen oportunos,
para mejorar la selección del Personal dentro del Cuerpo.
Ø Designar a los componentes de los diferentes Tribunales
Médicos que se constituyen, tanto para exámenes de ingreso
en el Cuerpo como para los distintos reconocimientos que se
practiquen.
1.5. Inspección Sanitaria.
Inspección periódica de los Servicios Médicos del Cuerpo.
Ø Control del absentismo laboral.
PARA EJERCER SUS FUNCIONES EL JEFE DE SANIDAD CUENTA CON EL
APOYO SIGUIENTE:
Secretaria, cuyas misiones son:
Despacho de la correspondencia de la Jefatura del Servicio
de Sanidad.
Ø Gestión de los presupuestos.
Ø Custodia y puesta al día del archivo, en materia de su competencia.
Ø Elaboración de los informes de apoyo al dictamen del Tribunal
Médico Militar Central del Ejercito de Tierra, de aquellos
expedientes que han sido adjudicados al Jefe del Servicio
de Sanidad, que ejerce como Vocal del mismo.
Ø Confección de las Actas de los exámenes médicos realizados
por los diferentes Tribunales Médicos que se constituyen al
efecto, para comprobar la aptitud para el ingreso en el Cuerpo,
por razón de ascenso o cursos de perfeccionamiento.
Ø Tramitación de todos los informes relativos a Planes de
Salud, Campañas y Cursos de Formación Sanitaria o de divulgación,
dirigidos tanto al personal del Servicio de Sanidad como a
los componentes del Cuerpo.
Ø Control y seguimiento del personal que maneja aparatos emisores
de radiaciones ionizantes o manipula materias potencialmente
peligrosas para la salud.
Ø Elaboración y tramitación de todos los informes de carácter
sanitarios, solicitados por las diferentes Subdirecciones
y Servicios de esta Dirección General.
Ø Elaboración de las Normativas del Servicio de Sanidad, y
tramitación de todos los oficios y disposiciones inherentes
a la Jefatura del mismo.
2º Jefe del Servicio de Sanidad, cuyas misiones son:
Sustituir en el Mando y Dirección del Servicio de Sanidad
del Cuerpo, cuando por necesidades del servicio u otros inherentes
al cargo se ausente el Jefe del mismo.
Ø Sustituir al Jefe del Servicio de Sanidad como Vocal del
Tribunal Médico Central del Ejército, cuando por diversas
causas no pudiera asistir al mismo, así como, nombrar a los
componentes de los Tribunales Médicos del Cuerpo y tramitar
las propuestas de exclusión dictadas por ellos.
Ø Control de las Plantillas de Personal de Sanidad y de los
problemas suscitados como consecuencia de las vacantes del
personal destinado en el Servicio de Sanidad.
Ø Información y asesoramiento al Mando en relación con el
estado del material y necesidades sanitarias del Cuerpo.
Ø Encargarse de la supervisión técnica del personal Sanitario
(facultativo y auxiliar), controlando el desarrollo de los
cursos de Formación Sanitaria o de divulgación dirigidos a
los mismos.
Ø Realizar misiones de inspección, vigilancia, control de
normas de higiene, vacunaciones y otras medidas de prevención
Castrense, así como, el control de los Planes y Campañas de
Salud que se desarrollan, auxiliando o sustituyendo al Jefe
de Sanidad.
Ø Controlar las Normas e instrucciones emanadas del Jefe del
Servicio de Sanidad, afín de conseguir una estricta observancia
de las mismas.
Coordinador del Servicio de Enfermería, cuyas misiones son:
Ø Tiene dependencia directa de la Jefatura del Servicio de
Sanidad, asesorando a la misma en materia de enfermería.
Ø Supervisión técnica especifica del personal de enfermería
destinado en el Servicio de Sanidad.
Ø Auxiliar a la Jefatura del Servicio de Sanidad en el control
y desarrollo de los Planes y Campañas de Salud dirigidos al
personal del Cuerpo (Campañas vacunales, control de epidemias
y enfermedades transmisibles, etc.).
Ø Control de la vicisitudes e incidencias del historial militar
del personal de enfermería.
Ø Coordinar el funcionamiento, en materia de enfermería, de
los diferentes Servicios Médicos dependientes de la Jefatura
del Servicio de Sanidad.
Ø Auxiliar en el nombramiento del personal de enfermería componente
de los distintos Tribunales Médicos del Cuerpo.
Ø Control de las agregaciones del personal de enfermería,
que por necesidades del servicio, sea necesario realizar.
Sección de Personal, cuyas misiones son:
Registro de la correspondencia (entradas y salidas), y reparto
de la misma.
Ø Archivo de documentación.
Ø Custodia y puesta al día del archivo en materia de su competencia.
Ø Recepción y control de los Informes de Actividades Sanitarias
que emiten los diferentes Servicios Médicos. Elaboración de
las Memorias Anuales.
Ø Seguimiento administrativo de las Bajas Médicas, controlando
el absentismo laboral del personal del Cuerpo.
Ø Control del personal sanitario en revista y de la relación
de vacantes existentes en el Servicio de Sanidad, para su
posterior convocatoria.
Ø Tramitación de los expedientes del Tribunal Médico Militar
Superior de la F.A.S., Tribunales Médicos Militares Centrales,
Tribunal Médico Militar Especial Psiquiátrico y Tribunal Médico
Militar de la Región Militar Centro, así como, participación
de las fechas de reconocimientos y remisión de las Actas de
los citados Tribunales.
Ø Elaboración de cuanto informe relacionado con los apartados
anteriores, le sean encomendados por la Jefatura del Servicio
de Sanidad.
Sección de adquisición de material, cuyas misiones son:
Confección de los presupuestos y tramitación de los expedientes
de adquisiciones correspondientes al Servicio de Sanidad,
así como, emitir cuantos informes se soliciten relacionados
con el tema de adquisiciones.
Ø Realización de las cuentas comprobadas, para la compensación
de los pagos contraídos, con cargo a la Numeración Económica
asignada al Servicio de Sanidad.
Ø Recabar de los diferentes Servicios Médicos, las necesidades
en cuanto a mobiliario e instrumental se refiere, atendiendo
a la distribución del mismo.
Ø Asignación de presupuestos de medicamentos a los distintos
Servicios Médicos del Cuerpo.
Ø Control y supervisión del almacén del Servicio de Sanidad.
Ø Control y distribución de las vacunas, teniendo en cuenta
las peticiones habidas y seguimiento de las Campañas de Vacunación.
Ø Control y distribución de todo el material sanitario de
apoyo, que necesiten las diferentes Unidades del Cuerpo, para
el desarrollo de sus misiones.
2.- DE LOS SERVICIOS MÉDICOS
Funciones de los Jefes del Servicio de Sanidad de Zona.
El Jefe del Servicio de Sanidad de Zona, aparte de las misiones
inherentes a todo servicio médico, y descritas en las misiones
de los Servicios Médicos de las Comandancias y Unidades Independientes,
será responsable del buen funcionamiento de todos los Servicios
Médicos dependientes de su Zona, coordinando sus actuaciones
y corrigiendo las deficiencias que puedan presentarse.
Tendrá como misiones específicas las siguientes:
Dependencia técnica directa de la Jefatura del Servicio de
Sanidad, ejecutando todas las directrices emanadas de la misma,
controlando su cumplimiento por parte de todos los Servicios
Médicos de él dependiente y canalizando toda la problemática
y vicisitudes que se presenten en los mismos a la citada Jefatura.
Ø Dependencia táctica directa de sus Mandos Orgánicos en la
Zona, asesorando en materia de su competencia y cumplimentando
todas las directrices emanadas de los mismos, informando de
su ejecución y desarrollo a la Jefatura del Servicio de Sanidad.
Ø Vigilancia y control del funcionamiento de los Servicios
Médicos de él dependientes, inspeccionando periódicamente
los mismos, e informando a la Jefatura del Servicio de Sanidad
de cualquier anomalía presentada.
Ø Control del absentismo laboral de su Zona, elaborando cuantos
proyectos encaminados a disminuirlo, considere necesarios,
solicitando autorización para su ejecución a la Jefatura del
Servicio de Sanidad.
Ø Ejecutar y controlar el desarrollo, de los Cursos, Planes
y Campañas de Salud, emanados de la Jefatura del Servicio
de Sanidad, informando a la misma de los resultados obtenidos.
Ø Elaborar y desarrollar las Campañas de Salud, que considere
necesarias para mejorar la salud y el bienestar de los miembros
del Cuerpo de la Guardia Civil, adscritos a su Zona, previa
autorización de la Jefatura del Servicio de Sanidad.
Ø Canalizar a la Jefatura del Servicio de Sanidad, todos los
reconocimientos médicos practicados, en los Servicios Médicos
de su Zona, del personal que maneja aparatos emisores de radiaciones
ionizantes, manipula materias potencialmente peligrosas para
la salud o desempeña actividades especiales, responsabilizándose
de la profesionalidad de los mismos.
Funciones de los Servicios Médicos de las Comandancias:
Ejecutará todas las directrices emanadas de la Jefatura del
Servicio de Sanidad, ya sea directamente, o a través del Jefe
del Servicio de Sanidad de su Zona.
Ø Ejecutará todas las directrices emanadas de sus Mando Orgánicos
naturales, asesorando en materia de su competencia
e informando al Jefe del Servicio de Sanidad de su Zona,
del cumplimiento de las mismas.
Ø Informará al Jefe del Servicio de Sanidad de su Zona de
todas las vicisitudes y problemas que se plantee en
su Servicio Médico.
Ø Asistencia sanitaria de los miembros del Cuerpo destinados
en sus Unidades o adscritos a ellas, así como a sus
familias, todo ello dentro del horario establecido para la
consulta.
Ø Asistencia sanitaria al personal transeúnte.
Ø Control de altas y bajas, del personal destinado en las
Unidades citadas anteriormente.
Ø Ejecución y control, de todos los Planes y Campañas de Salud,
emanados de la Jefatura del Servicio de Sanidad.
Ø Control del personal sujeto a situaciones de riesgo especial,
bien por utilizar aparatos emisores de radiaciones ionizantes
o que manipula materias potencialmente peligrosas para la
salud, o bien por razón de su destino (Unidad de Subsuelo,
Actividades Subacuáticas, etc.).
Ø Selección del Personal que se presenta a Curso de especialidades
y ascensos, certificando su aptitud para realizarlos.
Ø Certificar la conveniencia o no, desde el punto de vista
médico, de las solicitudes de cambio de residencia eventual.
Ø Asistencia a cuantas maniobras y ejercicios de tiros se
realicen, por la Unidades citadas anteriormente.
Ø Asistencia a detenidos, cuando se les requiera para ello,
según lo establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Ø Reposición, control y mantenimiento de los productos farmacéuticos
y del material sanitario a su cargo.
Ø Elaboración y remisión directamente a la Jefatura del Servicio
de Sanidad de los partes mensuales de actividades sanitarias
y relación nominal del personal de dichas Unidades que han
sido dados de baja o alta durante el mes, remitiendo copia
de los mismos al Jefe del Servicio de Sanidad de su Zona.
Remisión de los partes de enfermedades de Declaración Obligatoria.
Elaboración de la memoria anual del Servicio Médico.
Ø Desplazarse a las Unidades dependientes de la Comandancia,
interesandose por la Salud y bienestar de los Miembros del
Cuerpo, así como, por el estado de la Salud Ambiental, locales,
etc. y sus necesidades sanitarias.
Ø Proponer a la Superioridad para su aprobación, cuantos cursos
de formación sanitaria considere necesarios, para mantener
y elevar la calidad de la asistencia sanitaria.
Ø Formar parte de los Tribunales Médicos propios del Cuerpo
de la Guardia Civil, cuando así se les requiera para ello.
Funciones de los Servicios Médicos de la Unidades Independientes:
Ejecutará todas las directrices emanadas de la Jefatura del
Servicio de Sanidad.
Ø Ejecutará todas las directrices emanadas de sus Mando Orgánicos
naturales, asesorando en materia de su competencia
e informando a la Jefatura del Servicio de Sanidad, del cumplimiento
de las mismas.
Ø Informará a la Jefatura del Servicio de Sanidad de cualquier
vicisitud o problema que se plantee en el Servicio Médico.
Ø Asistencia sanitaria de los miembros del Cuerpo destinados
en su Unidad, alumnos si los hubiere, así como a sus familias,
dentro del horario establecido para ello.
Ø Asistencia sanitaria al personal transeúnte.
Ø Control de altas y bajas, del personal destinado en su Unidad.
Ø Ejecución y control, de todos los Planes y Campañas de Salud,
emanados de la Jefatura del Servicio de Sanidad.
Ø Control del personal sujeto a situaciones de riesgo especial,
bien por utilizar aparatos emisores de radiaciones ionizantes
o que manipulan materias potencialmente peligrosas para la
salud, o bien por razón de su destino (Unidad de Subsuelo,
Actividades Subacuáticas, etc.).
Ø Selección del Personal que se presenta a Curso de especialidades
y ascensos, certificando su aptitud para realizarlos.
Ø Certificar la conveniencia o no, desde el punto de vista
médico, de las solicitudes de cambio de residencia eventual.
Ø Asistencia a cuantas maniobras y ejercicios de tiros se
realicen.
Ø Asistencia a detenidos, cuando se les requiera para ello,
según lo establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Ø Reposición, control y mantenimiento de los productos farmacéuticos
y del material sanitario a su cargo.
Ø Elaboración y remisión directamente a la Jefatura del Servicio
de Sanidad de los partes mensuales de actividades sanitarias
y relación nominal del personal de dichas Unidades que han
sido dados de baja o alta durante el mes. Remisión de los
partes de enfermedades de Declaración Obligatoria. Elaboración
de la memoria anual del Servicio Médico.
Ø Interesarse por la Salud y bienestar de los Miembros del
Cuerpo, así como, por el estado de la Salud Ambiental, etc.
y sus necesidades sanitarias.
Ø Proponer a la Superioridad para su aprobación, cuantos cursos
de formación sanitaria
considere necesarios, para mantener y elevar la calidad de
la asistencia sanitaria.
Ø Formar parte de los Tribunales Médicos propios del Cuerpo
de la Guardia Civil, cuando así se les requiera para ello.
NORMAS ESPECIFICAS DE ACTUACIÓN
Del control del Personal que maneja aparatos emisores de radiaciones
ionizantes.
La Jefatura del Servicio de Sanidad llevará la localización
y control de todos los equipos emisores de radiaciones ionizantes
existentes en el Cuerpo. Elaborará un fichero, por Unidades,
de todo el personal que trabaja con los citados equipos, controlando
las altas y bajas que se produzcan. Centralizará los reconocimientos
médicos anuales practicados a dicho personal, confeccionando
los modelos de fichas exigidos por el Consejo de Seguridad Nuclear,
y remitiéndolos al mismo, para su aprobación definitiva. Así
mismo, tendrá controlados y localizados, todos los dosímetros
individuales que porta el personal expuesto a radiaciones, procediendo
a su envío periódico al Hospital Militar concertado, para su
lectura y puesta en condiciones de reutilización. Todo ello,
bajo las directrices del Supervisor de las Instalaciones Radiológicas
de la Guardia Civil.
Para ello recabará, de todos los Servicios Médicos distribuidos
por la Geografía Nacional, la puesta en marcha de un fichero
del personal destinado en su Unidad que maneja los citados equipos.
Dichos Servicios Médicos practicarán anualmente un reconocimiento
médico de todo el personal expuesto, según las directrices emanadas
de la Jefatura del Servicio de Sanidad, que remitirán a la citada
Jefatura, a través de los Jefes de los Servicios de Sanidad
de Zona, que serán así mismo responsables, de la profesionalidad
de dichos reconocimientos comprobando que se han realizado todos
los estudios médicos exigidos.
El reconocimiento médico, constará de lo siguiente:
Historia clínica detallada, que reflejará tanto los antecedentes
personales, como familiares de la persona, y la totalidad
de la exploración clínico- analítica que se le practique.
Ø Exploración somática completa.
Ø Estudio Electro cardiográfico.
Ø Estudio hematológico y bioquímico, con los parámetros determinados
por la Jefatura del Servicio de Sanidad.
Ø Cualquier observación, que a juicio del examinador, tenga
interés para completar el estudio de la persona.
Del control del absentismo laboral.
El control del absentismo laboral dentro del Cuerpo, se basa
fundamentalmente en el buen control de los partes de baja y
confirmación.
Los partes de baja, confirmación y alta, tanto por enfermedad
o lesión podrán ser emitidos, tanto por el médico de la entidad
concertada, como por el médico oficial de la Unidad. Constan
de original y dos copias. El original queda en poder del propio
Servicio Médico, la primera copia es para el interesado y la
segunda copia, que no contiene información sobre el diagnóstico,
se entregará en la Unidad de destino del interesado. Los partes
de confirmación de emitirán cada quince días, con la excepción
de bajas de menos duración, permisos por maternidad o personal
que ha sido dictaminado por los Tribunales Médico Militares
como no apto para el servicio dentro del Cuerpo.
Para el control del absentismo laboral es necesario que los
Servicios Médicos, desarrollen las siguientes medidas:
Mantener actualizado el fichero informático centralizado
de todo el personal que se encuentre en situación de incapacidad
laboral transitoria para el servicio, así como, las Carpetas-Expediente
del historial clínico del paciente.
Ø Realizar un seguimiento de los efectivos que se encuentren
en situación de baja para el servicio, tanto los de la propia
Unidad, como los que se encuentran en situación de cambio
eventual de residencia, controlando la evolución de su enfermedad
con la periodicidad que el caso requiera. Para esto se recabará
toda la información clínica pertinente de los facultativos
de cabecera de las entidades colaboradoras y se controlará
la evolución de su patología, mediante visitas del paciente
a la consulta médica y desplazamiento a su domicilio o a los
Hospitales donde se encuentre ingresado.
Ø Cuando la baja se prolongue excesivamente en el tiempo,
o se prevea que la patología causante originará secuelas irreversibles,
se procederá a informar al Mando, para así proceder a la solicitud
del correspondiente reconocimiento por los Tribunales Médicos
Militares para determinar su aptitud psico-física para el
servicio.
Ø Remitir mensualmente a la Sección de Personal de la Jefatura
del Servicio de Sanidad, la relación nominal de altas y bajas
para el servicio, en dos impresos independientes, uno para
las bajas de larga duración y otro para las bajas producidas
durante el mes en cuestión.
Ø Asesorar en todo momento al Mando, sin perjuicio de la confidencialidad
que exige el diagnóstico médico, para intentar conjugar de
la mejor forma posible, las necesidades del servicio con los
derechos del paciente de conseguir su óptima recuperación.
Del control de la vacunaciones
Los Servicios Médicos efectuarán, con la periodicidad que se
establezca en cada caso, las Campañas de Inmunización que se
consideren necesarias, para el colectivo de la Guardia Civil.
Para ello:
Se cumplimentará al iniciarse la vacunación, la Hoja de Control
de Vacunaciones, que se incluirá en la Carpeta-Expediente
de cada Guardia Civil, realizando un seguimiento de los efectivos
de su demarcación, para que en todo momento se tenga conocimiento
de la población vacunada o pendiente de vacunación.
Ø Se grabará informáticamente todas las vacunas administradas
al personal del Cuerpo.
Ø Las actividades realizadas dentro de las Campañas de Vacunación
quedarán reflejadas en los partes de actividades mensuales
remitidos a la Jefatura del Servicio de Sanidad.
Ø Se procurarán desarrollar cursos, reuniones y charlas, dirigidas
al personal del Cuerpo, a fin de lograr una concienciación
de los mismos sobre los beneficios que supone el estar correctamente
vacunado.
Ø El personal del Cuerpo que se desplaza a misiones en el
extranjero, deberá estar correctamente vacunado, según las
normas dictadas por la O.M.S.
Para ello:
* Deberán conocerse los plazos de administración de las distintas
vacunas.
* Estar en posesión, a la mayor brevedad posible, de la relación
nominal del personal que se desplaza, así como del país al
que se desplaza y cuando se prevee la salida de España.
* Conocer de forma divulgativa las enfermedades más frecuentes
en los países de destino.
* Este personal, independientemente de otras vacunas que puedan
exigirse, debe estar perfectamente vacunado de Tétanos, Hepatitis
A, Hepatitis B y Tifoideas.
* Las pautas recomendadas de vacunación, de las vacunas más
frecuentes son:
- Tétanos: 1ª Dosis, 2ª Dosis a los 15 o 30 días, 3ª Dosis
a los 12 meses de la 1ª y revacunación a los 5 años.
-Hepatitis A: 1ª Dosis, 2ª Dosis a los 15 o 30 días, 3ª
Dosis a los 6 o 12 meses de la 1ª y revacunación a los 5
años.
-Hepatitis B: 1ª Dosis, 2ª Dosis a los 30 días, 3ª Dosis
a los 6 meses de la 1ª y revacunación a los 5 años.
-Fiebre Tifoidea (forma inyectada): 1ª Dosis, 2ª Dosis a
los 15 o 30 días y revacunación al año o a los 3 años.
Para cualquier información más detallada sobre las indicaciones,
pautas y efectos secundarios de las vacunas, se podrán dirigir
al Instituto de Medicina Preventiva del Ejército.
De los Certificados Médicos.
El Certificado Médico es un acto administrativo, del que es
responsable legal el facultativo que lo emite y cuyo texto deberá
reflejar con claridad las exigencias por las que se solicita.
Para ello, deberán expresar lo siguiente:
1.- Certificados de aptitud para realizar
pruebas físicas.
Aptitud psico-física del individuo para realizar las pruebas
físicas exigidas en la convocatoria publicada oficialmente,
con expresión detallada clara de los estudios clínicos realizados
y resultados de los mismos,así como, los datos administrativo
de publicación de la convocatoria.
2.- Certificados para cambio eventual de
residencia.
Todo lo relativo a la fecha de baja del individuo, enfermedad
causal, evolución de la misma, si ha pasado reconocimiento
por los Tribunales Médicos Militares o esta pendiente del
mismo, así como, si el cambio de residencia, es beneficioso,
perjudicial o indiferente para la evolución de su proceso
patológico.
Indicación de que el individuo deberá ponerse en contacto con
el Servicio Médico de la Guardia Civil, más próximo a su lugar
de residencia, que será quién continúe el control de la evolución
de su proceso.
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