Cursos y Congresos
Congresos SESLAP


Los Servicios de Prevención en las Instituciones Públicas Sanitarias.

Dª Mª Pilar Navaz Sánchez. Secretaria de Salud Laboral de SATSE Aragón. Sindicato de Enfermería.

Tradicionalmente, la prevención de riesgos laborales en los centros sanitarios no ha tenido la misma consideración que las empresas dedicadas a otras actividades, resultando paradójico que en estas instituciones, destinadas a restaurar la salud de la población, sus trabajadores se vean expuestos de manera continuada a gran cantidad de riesgos.

La salud laboral como tal, no se introdujo en los centros hospitalarios españoles hasta 1973, encargándose a los Servicios de Medicina Preventiva que asumieran las competencias en esta materia. Algunos de ellos, como es el caso de los antiguos Hospitales Provinciales, no disponían de estos Servicios pero contaban con Médico de Empresa.

Los Servicios de Medicina Preventiva se ocupaban de la realización de campañas de protección de la salud laboral, controles ambientales, vigilancia de la salud, estudios epidemiológicos, educación sanitaria de los trabajadores, etc., dirigiendo las actividades preventivas en mayor medida al control de los riesgos del personal sanitario, fundamentalmente a los riesgos biológicos.

En la actualidad, el marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales y protección de la salud de los trabajadores lo constituye la Ley de Prevención de Riesgos Laborales promulgada el 10 de noviembre de 1995 y el Reglamento de los Servicios de Prevención de 17 de enero de 1997, necesario para iniciar la puesta en práctica de la Ley. Una de las novedades importantes de la misma es haber incluido dentro del ámbito de su aplicación al personal de las Administraciones Públicas, adaptándose en determinados circunstancias a sus peculiaridades, como es el caso de las Instituciones Sanitarias Públicas.

La entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales debe conducir a la creación y organización de los Servicios de Prevención, a la realización de evaluaciones de riesgos y a la elaboración de planes de prevención. Sin embargo, llama la atención el retraso que se está produciendo en el sector sanitario, encontrándose en estos momentos en la fase de constitución de los mismos y, como consecuencia de ello, en la mayor parte de los centros sanitarios no se ha realizado todavía la evaluación de los riesgos laborales.

La escasa financiación, la inadecuada e imprecisa estructura organizativa y el desinterés por parte de la Administración para impulsar la creación e implantación de estos servicios, está poniendo en entredicho una Ley que nació para mejorar y resolver los problemas de salud de los trabajadores.

 

SESLAP. Última actualización 29-mar-04